PROTOCOLO DOG FRIENDLY
Ya puedes venir y pasear por Ballonti con tu amigo canino y para preservar la convivencia entre todos los visitantes de Ballonti es necesario que tengas en cuenta unas pautas elementales que exponemos a continuación:
Acceso y conducta durante la estancia en el Centro Comercial:
- - Sólo se permite el acceso con perro a personas mayores de edad, que en ningún caso podrán ir acompañados por más de un perro (máximo un perro por persona).
- - Es necesario que todas aquellas personas que accedan a Ballonti acompañadas de un perro cumplan con la normativa establecida por el Centro Comercial, vigente en cada momento. El Centro Comercial podrá requerir el desalojo del recinto comercial a cualquier propietario junto a su mascota si se niega a cumplir con la normativa. Del mismo modo, podrá avisar a la Policía municipal u otra autoridad para requerir de su actuación.
- - Los perros no pueden transitar solos sin estar atados en todo momento por una correa, cuya longitud no puede exceder 1,2 metros.
- - Aquellas personas que accedan con perro exoneran de cualquier responsabilidad al Centro Comercial Ballonti por posibles problemas o incidentes en los que resulten o puedan resultar perjudicados, tanto ellos como sus perros sus acompañantes y/o cualquier cliente que visite el centro, derivados del comportamiento del perro. El tenedor del perro será responsable de los daños a personas o bienes que ocasione el mismo, conforme a lo establecido en las normativas vigentes.
- - En todo caso se debe respetar la señalización que indique zonas en las no es posible el acceso con perros tales como zonas de aseos en las que no figure el distintivo de Dog Friendly, salas de lactancia, zonas de juegos infantiles, o zona ajardinada de terraza exterior de planta alta.
- - Con carácter general los perros no pueden subirse ni sentarse en el mobiliario del Centro Comercial.
- - Por su propia seguridad, debe evitarse el uso de las escaleras y rampas mecánicas en compañía de perros. Para cambiar de planta debe usarse el ascensor En tal caso se recomienda esperar a hacerlo en ausencia de otros usuarios y hacerlo así en todo caso siempre que otro usuario así lo solicite.
- - El Centro Comercial se reserva el derecho de admisión de perros en aquellos eventos o actividades específicas que se puedan realizar en sus instalaciones. Ello se extiende a aquellas situaciones en las que determinadas circunstancias, tales como aglomeraciones o concurrencia de incidentes imprevistos de cualquier naturaleza, sea aconsejable, para la seguridad de los visitantes del edificio, la restricción, de forma puntual, del acceso con perros, debiendo permanecer en ese caso en las zonas exteriores al aire libre.
- - Se ruega evitar acceder al Centro Comercial si el perro se encuentra mojado, debiéndose proceder previamente al secado del mismo.
- - Está especialmente prohibido acceder con comida o dar de comer al perro en las instalaciones y jugar con él lanzándole pelotas u objetos. Se prohíbe igualmente dejar a los perros encerrados dentro de los vehículos que queden estacionados en las distintas zonas de parking.
- - Es preciso procurar que el perro guarde un comportamiento adecuado que no genere molestias al resto de usuarios del Centro Comercial. Por ello hay que evitar acceder al Centro Comercial en el caso de que el perro sea fácilmente alterable, acostumbra a ladrar a personas u otros perros, acostumbra a hacer sus necesidades en columnas o mobiliario público, o, en general, muestra propensión a generar incidentes. Esto mismo es aplicable en el caso de circunstancias o situaciones especiales transitorias tales como enfermedad o celo., visible estado de debilidad o precariedad o de falta de higiene.
- - Si por parte del personal del Centro Comercial, se observa algún tipo de maltrato a un perro, se dará aviso inmediato a las autoridades.
- - En el caso de que el perro haga sus necesidades, su tenedor deberá limpiar sus excrementos de inmediato e informar siempre al personal de limpieza del Centro para su desinfección. Además, deberá llevar siempre consigo bolsas para la recogida de excrementos, al igual que en la calle. En caso de necesidad, se facilitará una bolsa para la recogida de excrementos en el Punto de Información del Centro Comercial.
Acceso a establecimientos:
- - Cada establecimiento es responsable de la decisión de permitir o no el acceso con perros al mismo, reservándose el derecho de admisión con perros.
- - Aquellos establecimientos que permitan el acceso con perros lucirán un distintivo de “Dog Friendly” o “Terraza Dog Friendly” en el caso de las terrazas de restauración.
- - Es especialmente importante respetar el distintivo de prohibición de acceso con perros en el caso de que así esté señalizado en un establecimiento, como, por ejemplo, aquellos en los que se produzca manipulación de alimentos.
- - En caso de ausencia de distintivo debe consultarse a los responsables del mismo.
Características especiales:
- - Si un perro, en virtud de su raza, características o cualquier otra condición o circunstancia normativamente establecida, está sujeto a algún tipo de clasificación o régimen especial, será obligatorio respetar los requerimientos que en cada momento recoja al respecto la normativa vigente, tales como, en su caso, llevar siempre el bozal reglamentario y contar su tenedor con la pertinente licencia emitida por la Administración que corresponda así como llevar consigo el DNI que permita su identificación como tenedor del perro, que, en caso necesario, podrá ser requerido por el personal de Seguridad.
Recomendaciones:
- - Uso del bozal con independencia de las características del perro
- - Disponibilidad para mostrar, si es necesario, de documentación de vacunación
- - Collar de identificación que incluya número de teléfono de localización del propietario
Normativa administrativa aplicable:
- - Gobierno Vasco; Click aquí
- - Ayuntamiento de Portugalete: Click aquí
- - Ordenanza Municipal de Tenencia animales: Click aquí
- - Normativa específica según características del perro: Click aquí
- - Normativa estatal - Ley de bienestar animal: BOE-A-2023-7936 Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales: Click aquí
En los accesos a Ballonti encontrarás paneles informativos con un resumen de este protocolo así como un QR con un link para acceder a la versión completa del mismo.
Por favor; sigue siempre las indicaciones del personal de Seguridad del Centro Comercial
Muchas gracias por tu colaboración.